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ENERO 2017

Luxemburgo ajustará normativa fiscal para financiación intragrupo

Después de introducir un nuevo artículo a su código fiscal definiendo las reglas de precios de transferencia aplicables a "transacciones controladas", inspiradas los lineamientos de la OCDE sobre precios de transferencia, Luxemburgo anunció el pasado 27 de Diciembre del 2016 nuevas reglas respecto al tratamiento fiscal específicamente a de precios de transferencia de compañías involucradas en transacciones de financiación intragrupo.

La nueva normativa, reemplaza normativa del 28 de enero y el 8 de abril de 2011 sobre el mismo tema. Algunos de los cambios introducidos en la nueva normativa son:
  • Se elimina la norma sobre el capital de riesgo mínimo de al menos 1% del monto financiado ó 2.000.000€.
  • Para propósitos de simplificación, se acepta que el resultado imponible de la remuneración obtenida por una compañía luxemburguesa que actúa como intermediario, será determinado como rentabilidad sobre los activos, cuando esta remuneración no esté definida en un reporte de precios de transferencia. Actualmente, una tasa después de impuestos del 2% es aceptable pero esta tasa puede ser revisada por la autoridad fiscal en un futuro en base a un análisis de mercado. Cuando se aplique la regla de simplificación, la transacción estará sujeta al intercambio automático de información.
  • Para que una entidad luxemburguesa sea considerada apta para soportar el riesgo relacionado con actividades de financiación, además de mantener una presencia efectiva en Luxemburgo, está obligada a tener personal calificado con las habilidades necesarias para controlar el riesgo asociado a transacciones de financiación.

Los acuerdos de precios existentes (Existing Advance Pricing Agreements - APA) dejaron de tener valor ante las autoridades fiscales a partir del 1 de enero de 2017 (con un pequeño periodo de gracia para ajustarse) para años fiscales después de 2016.